Pago con tarjeta de débito

Quedan excluidos los inscriptos en el régimen simplificado, según lo dispuesto por la Resolución Nº 229/16 La Agencia de Recaudación Tributaria de la provincia de Río Negro  incorporó nuevas actividades que se suman a las ya obligadas por la  normativa 1040/15 (Restaurantes, servicios de alojamiento, estaciones  de servicio).

Comienza a regir a partir del  1º de mayo.

deberán contar con terminales  de pago electrónico
- hipermercados, supermercados, almacenes,  carnicerías, verdulerías, pollerías, pescaderías, fiambrerías,  panaderías y confiterías, heladerías,
- jugueterías, cotillones, bazar,  regalerías, librerías, joyerías, relojerías y perfumerías.
- comercios de venta de prendas de vestir y accesorios, zapaterías,  marroquinerías y zapatillerías.
- corralones de materiales,  ferreterías, pinturerías, venta de materiales de construcción, hormigón elaborado, áridos, maderas, electrodomésticos y artículos de electricidad, agua y gas
- los que efectúen venta de armas, artículos de caza y pesca, muebles, repuestos y accesorios de vehículos automotores y motos, venta de cámaras y cubiertas y bicicleterías.
Los contribuyentes obligados deben tener la terminal de pago instalada  a partir del 1 de mayo, y en el caso de tener problemas técnicos de instalación deberán declarar el motivo antes del 30 de abril en la   página web de la Agencia. Cabe recordar que para los incumplidores se  establecieron multas, según la falta,  que van desde los $2.000 a los
$ 20.000.
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El  pago con débito es una herramienta para evitar la evasión fiscal.  
Los ciudadanos pueden continuar informando comercios que no aceptan
débito o cobran con diferencias en el Centro de Atención Telefónica,
0800-222-3278, de lunes a viernes de 8 a 18 hs, o todos los días en
www.agencia.rionegro.gov.ar











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