
De acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno nacional podrán solicitar el beneficio los jubilados o pensionados que cobren un monto menor o igual a dos veces el haber mínimo ($9.918), los trabajadores que cobren dos salarios mínimos o menos ($12.120), las personas que cuenten con certificado de discapacidad o beneficiarios de programas sociales, inscriptos en el Monotributo Social, empleadas del servicio doméstico y personas que cobren Seguro de Desempleo.
Deberán presentarse con copia del recibo de haberes actualizado y de DNI y factura del servicio de gas a nombre del solicitante de la tarifa social.
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