Confirman procesamiento y prisión preventiva a imputados por homicidio en El Cuy

La Cámara Criminal Segunda de Roca, en instancia de apelación, confirmó el procesamiento con prisión preventiva contra los dos hombres que se encuentran detenidos como sospechosos de haber participado en el homicidio del comerciante de El Cuy Juan Alejandro Cardozo, ocurrido el pasado 26 de abril.

En el voto rector de la jueza María Evelina García Balduini, al que adhirieron sus pares Oscar Gatti y Gastón Martín, se sostuvo que no se verifican “motivos jurídico-procesales” para revocar lo resuelto a mediados de mayo por la jueza de Instrucción Natalia González. “La prisión preventiva ordenada por la Sra. Juez está debidamente fundada”, concluyó la Cámara. Del mismo modo se pronunció sobre la calificación legal que provisoriamente se dio al hecho investigado, esto es: “homicidio calificado por haber sido cometido para facilitar otro delito (criminis causa) y por la utilización de un arma de fuego, en concurso ideal con tentativa de robo calificado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda”.

Los argumentos confrontados
En representación del imputado Pablo Adrián Sotelo, el Defensor Público Oscar Mutchinick requirió que, de confirmarse la preventiva, se la limite a un plazo “a los fines de evitar que se transforme en un adelantamiento de pena”. Sostuvo que ese plazo debió ser el estrictamente necesario para completar las medidas de prueba en “las que podría tener injerencia el imputado”, las cuales, a criterio de la defensa, “se han agotado”.
Por el imputado Leonardo Rafael Ruiz apeló el defensor particular Guillermo Leskovar Garrigos, quien adhirió al planteo anterior y además propuso una reducción de la calificación legal que se dio al hecho en el auto de procesamiento. Sostuvo que en esta causa sólo queda pendiente “prueba científica que no puede ser afectada” por la eventual liberación de Ruiz y sostuvo que el mismo no presenta riesgo de fuga, por ser “nacido y criado en Allen”. Finalmente propuso al Tribunal que ponga plazo a la preventiva o que ordene la excarcelación bajo caución real.
Por su parte la Fiscal de Cámara Graciela Echegaray se opuso a los criterios de ambos defensores y pidió la confirmación del procesamiento, la cautelar y la calificación legal. Consideró que existe prueba pendiente de producción y además sostuvo que “se dan circunstancias determinantes: la gravedad del hecho, la existencia de dos personas prófugas y además no tener (los imputados) arraigo suficiente” que neutralice el riesgo de fuga.
Por último el abogado por la querella, Sergio D'Agnilo, adhirió al criterio de la fiscalía y sostuvo que “hay prueba suficiente que compromete a los imputados”. Agregó que “las condiciones personales, los antecedentes y la existencia de dos prófugos deben valorarse para mantener la cautelar”.

La conclusión del Tribunal
“La gravedad de los hechos -extrema en términos de sanción penal, que bien podría alentar una fuga-, la investigación incompleta, las personas prófugas y el dudoso arraigo de los Sres. Ruiz y Sotelo como su sospechada presencia en El Cuy justifican, procesalmente hablando, que permanezcan en detención -ni plazo para la misma, ni caución real, porque los peligros previstos están presentes y como decimos, se acrecentarían-”, sostuvo la Cámara en su resolución.
El Tribunal concluyó que “los motivos dados en el auto de procesamiento (…) sostienen sobradamente la decisión tomada” y que el estado de la causa permite “afirmar la inconveniencia de aguardar el juicio en libertad, acorde el más elemental sentido común que permite avizorar la posibilidad de fuga y/o entorpecimiento de la investigación”.











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