Debatieron la pena que deberá cumplir Portillo

El tribunal encontró culpable del delito de "defraudación a la administración pública" -por una obra en la escuela secundaria de El Maitén- al ex precandidato del FpV de El Hoyo.


La fiscalía pidió la aplicación de una pena de tres años y dos meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer funciones públicas. La defensa, adelantó su disconformidad con la sentencia de responsabilidad  y requirió la imposición del mínimo legal, es decir dos años de prisión en suspenso, con inhabilitación especial perpetua para ocupar el cargo de Director de Obras Públicas. El lunes 5 de junio, a las 11, se conocerá la decisión del juez Martín O’ Connor.

La fiscal Fernanda Révori planteó como agravante la participación de Portillo Delebecq en el hecho. Su contribución fue una pieza clave para la concreción de la defraudación. En el mismo sentido computó que hayan sido varias las personas que participaron, la necesaria planificación y reflexión previa que se advierte, la utilización de las funciones y medios de una organización del Estado en provecho de propio, de un amigo o para devolver un favor.

La acusadora pública resaltó los medios empleados para concretar la defraudación. Fundamentalmente hizo referencia a la falsificación de la firma del director de la escuela, al punto que éste se sintió víctima al verse involucrado en una maniobra de la que no participó.

Valoró además en contra de Portillo, la actitud asumida con posterioridad al hecho. Varios testigos dieron cuenta de que ejerció presiones sobre el personal de Obras Públicas para que confesaran quién había sacado esa información del interior de la repartición. Révori hizo referencia a amenazas e insinuaciones de eventuales represalias en el ámbito laboral para quién o quiénes se atrevieran a hacer declaraciones sobre el tema sin tener prueba para ello, generando incomodidad y temor en algunos empleados.

La edad de Portilllo y su educación, también fueron propuestas como agravante porque debió realizar un mayor esfuerzo para motivarse en la norma. La fiscal solo propuso como atenuante su falta de antecedentes penales.

El defensor, Santiago González, indicó que hay atenuantes que la fiscalía no consideró. Para empezar que se trató de un solo hecho, con una defraudación intrascendente, ya que el monto de la obra era menor. Por tratarse de un galpón para el archivo de cosas que no tenían uso diario, no fue significativo el daño. Pero además agregó que se reparó ese daño, por lo tanto fue solo temporal ya que el galpón se confeccionó en su totalidad. González sostuvo que no se demostró que Portillo buscara un beneficio propio. También se habló de buen concepto y buena relación con sus empleados. El defensor llevó testigos a esta etapa del juicio para hacer referencia al compromiso social de Portillo.

Rechazó que existiera una planificación especial para este hecho, indicando que está contenida en el tipo penal por lo tanto no puede computar como agravante. Agregó además que no hay ningún elemento que permita señalar que su defendido fue quien falsificó la firma del director de la escuela. El letrado hizo mención a otras condenas a funcionarios públicos en la jurisdicción, para que se tome como referencia la pena impuesta, pero además comparó el pedido de pena a Portillo con las condenas en juicio abreviado de los coimputados Lazarte y Cilio, requiriendo que se aplique con igualdad.



Responsable


Cabe recordar que la semana pasada el juez Martín O' Connor dictó veredicto de responsabilidad de Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq (domiciliado en El Hoyo), por el delito de “Defraudación a la Administración Pública”.

Los hechos probados en el juicio ocurrieron en El Maitén entre el 16 de mayo y el 30 de diciembre de 2014.

En la lectura de la sentencia se explicaron las razones sustanciales que fundamentan la decisión. Tuvo como no controvertidos como el pedido del director de la escuela de El Maitén para la realización de la obra, la adjudicación directa de la obra, la existencia de un acta que daba cuenta de la finalización de la obra cuando no era así y que además, esta acta contaba con la firma falsificada del director.

Lo que se discutió fundamentalmente es si Portillo Delebecq conocía que la obra no se había terminado, es decir si Portillo fue engañado por los coimputados o si la defraudación fue pergeñada por Portillo y Lazarte, con la participación de Cilio.


Qué indicios convencieron al juez


En primer lugar tuvo por probado que existía una relación de amistad entre Portillo y Lazarte. Esto lo encontró acreditado entre otros elementos, con el dato aportado por testigos que dan cuenta de al menos un viaje de placer que realizaron juntos. Uno de los testigos mencionados es un periodista que prestó testimonio en el juicio sobre la investigación que realizó sobre este tema, para el medio en el que trabajaba. También valoró en este sentido que si bien Lazarte había trabajado con anterioridad realizando obras para Obras Públicas, hacía tiempo que "estaba desaparecido" (en palabras de una testigo), esta situación se revirtió a partir de la gestión Portillo, cuando se incrementaron notablemente las obras que le fueron otorgadas.

La incorporación a la planta de personal de la ex mujer de Lazarte, fue otro de los indicios. No solo porque se tratara de la ex pareja del coimputado, sino fundamentalmente porque previo a esta incorporación, la mujer se desempeñaba como personal administrativo de la empresa de su ex marido y pocas semanas antes hacía trámites en Obras Públicas para esa empresa.

El procedimiento y la actuación de Portillo. O'Connor destacó tres momentos fundamentales de este proceder. Uno de ellos fue la decisión de realizar la contratación de obra pública de pintura exterior y construcción de un galpón en la escuela mediante licitación directa y además llamar únicamente a la empresa de Lazarte. Esto para el juez se debe relacionar con la amistad que tuvo por probada. Otro fue la designación de Cilio para hacer la inspección, ya que había sido otro el técnico que inició el trámite y se conoció en el juicio que varios inspectores decidieron dejar de firmar expedientes. El tercer momento fue el de la firma en el acta de revisión provisoria que daba cuenta de la finalización de la obra.


La participación de Cilio


El tercero de los seis indicios principales de la sentencia, estuvo dado por la declaración de uno de los testigos, un colega de Cilio que le había preguntado a este por qué firmó. Según su testimonio, la respuesta dada por Cilio fue que lo obligaron a firmar porque a Lazarte le debían plata.

La falta del acta que tenía la firma falsa del Director de la Escuela del expediente administrativo, también pesó en contra del imputado. Ese expediente estaba bajo su cuidado, no en la órbita de Lazarte o de Cilio. Si Cilio y Lazarte pergeñaron esta maniobra, como se explicaría que faltara esta acta, si quien tenía el control del expediente era Portillo y no los coimputados.

Portillo conocía que había reclamos por obras no terminadas

El empleado que había sido asignado a la garita de ingreso de Obras Públicas, declaró bajo juramento que recibía reclamos sobre obras que no estaban siendo terminadas. Contó demás que encaró a Portillo Delebecq y este le respondió que si tenía pruebas hiciera la respectiva denuncia. "Ya no le podía resultar sorpresivo que una determinada obra no se realice…", señaló el juez.


Una mentira de patas cortas


Por último, el juez se hizo una pregunta ¿Sería razonable pensar que Cilio y Lazarte hubieran engañado a Portillo? ¿Sería razonable pensar que Lazarte siendo amigo de Portillo y habiendo recibido de su administración mayor número de obras, lo hubiera engañado? Pero además ¿Cuánto hubiera durado el engaño si Portillo Delebecq no hubiera estado al tanto de la situación? Bastaba con que el Director de la Escuela le reclamara a Portillo por la construcción del galpón.

Por estas razones entendió el Tribunal que los seis indicios son contundentes, unívocos y unidireccionales, en el sentido de la responsabilidad penal del acusado.











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