En un trabajo interinstitucional e Inter jurisdiccional, se consensuó un acuerdo colectivo de carácter zonal destinado a regular las condiciones de trabajo y las remuneraciones mínimas del personal zafrero dedicado a la producción, cultivo y cosecha de fruta fina en la Comarca Andina del Paralelo 42.
El presente acuerdo constituye un instrumento autónomo y de naturaleza colectiva, celebrado entre las representaciones de los trabajadores y de los productores, resultado de un proceso previo de análisis, discusión y negociación, mediante el cual se establecen derechos y obligaciones que regirán las relaciones laborales, tanto individuales como colectivas, dentro del marco normativo vigente.
Se ha considerado especialmente la situación de los trabajadores zafreros cosechadores de fruta fina, y la necesidad de su adecuado encuadramiento dentro de la normativa aplicable a las condiciones de trabajo y a las remuneraciones mínimas del personal que se desempeña en tareas de cultivo y cosecha.
Del análisis de los antecedentes técnicos surgidos en los talleres desarrollados por el INTA, vinculados a la estructura de costos de la actividad, las representaciones sectoriales intervinientes coincidieron en la razonabilidad de los valores propuestos y en la pertinencia del incremento salarial acordado, el cual se adopta como mecanismo extraordinario para mejorar de manera inmediata las retribuciones de los trabajadores zafreros de la actividad de fruta fina.
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